Se acuerda el texto de la propuesta de la OCM Única que manifiesta que el actual régimen de derechos de plantación de viñedos que concluye el próximo día 31 de diciembre del año 2015, será reemplazado y por tanto sustituido por el nuevo sistema de autorizaciones.
Las nuevas autorizaciones comenzarían a partir del 1 de enero de 2016 (una vez finalizado el periodo antiguo) y se prevé una duración de hasta el 31 de diciembre del 2030.
El aspecto más novedoso del nuevo sistema es que solo se permitirán las plantaciones de viñedo que lleven implícita su autorización. La misma consideración se tendrá para las replantaciones.
Las concesiones de las autorizaciones serán analizadas por los Estados miembros de la OCM que previamente dispondrán de la documentación especifica, previamente presentadas por los productores, expresadas en hectáreas y resto de criterios de admisibilidad objetiva. El coste de dicha autorización no repercutirá en los solicitantes.
Para ejecutar y darlas la validez necesaria las autorizaciones se realizaran en un periodo de tres años desde su concesión, a partir de la fecha en que fueron concedidas. En el caso de que por parte de los productores(beneficiarios), no se llevaran a efecto la autorización solicitada y concedida se procedería a una sanción administrativa.
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